Nueva Ley del Libro, la Lectura y Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid

Nueva Ley del Libro, la Lectura y Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid

Nueva Ley del Libro, la Lectura y Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid

El 12 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.

Esta Ley sustituye a las leyes que regulaban el libro y las bibliotecas y que habían estado vigentes desde el año 1989 la de Bibliotecas, y desde 1999 la de Fomento del Libro y la Lectura. Desde entonces son muchos los cambios producidos en las formas de lectura, en el propio proceso de creación y en los nuevos servicios al ciudadano, lo que hacía necesaria una nueva normativa.

La nueva ley se estructura en ocho títulos y 62 artículos y busca nuevas soluciones a diversos aspectos:

  • Pone fin a la divergencia en los contenidos de los dos textos legislativos anteriores, que no abordaban de manera conjunta aspectos que actualmente son coincidentes en lo relativo a la lectura pública.
  • Falta de actualización de algunos contenidos, como son: la creación de instrumentos de análisis sobre lectura, la planificación lectora de la región en su conjunto, el papel de las diferentes redes de bibliotecas; los nuevos instrumentos de planificación y gestión de bibliotecas y las nuevas formas de comercio del libro y de lectura digital.
  • Adecuación a la normativa estatal en la materia, recogida en la Ley 10/2007 de La lectura, el libro y las bibliotecas, que actualiza conceptos como el precio fijo del libro y los derechos de los creadores.
  • Falta de normativa específica destinada a la protección, conservación y difusión del patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia a los nuevos conceptos de patrimonio digital.

El texto refleja las nuevas necesidades del sector del libro y hábitos de lectura de la sociedad en el contexto actual. La nueva Ley tiene como objetivo fortalecer toda la cadena del libro, desde su creación y edición hasta su distribución y comercialización. Es una muestra del compromiso por actualizar el concepto de fomento de la lectura y adaptarlo a los nuevos tiempos, impulsando hábitos lectores en todo tipo de soportes. El libro pasa a considerarse a todos los efectos como un bien básico y de primera necesidad.

En este sentido las bibliotecas públicas pasan a tener un papel fundamental como lugares de encuentro y aprendizaje para los lectores. Recoge el valor insustituible de la lectura como elemento básico para el desarrollo de la personalidad y la socialización y reconoce la importancia de la lectura como competencia transversal y su contribución al desarrollo integral de la persona, tanto en el ámbito educativo como en el personal y profesional.

Además, la nueva ley concibe el fomento de la lectura desde una perspectiva integradora que involucra a toda la sociedad y reconoce la importancia de las bibliotecas públicas, que tienen una misión tradicional y preferente en este ámbito, al proporcionar espacios y situaciones propicias para la lectura.

Establece planes de fomento de la lectura a medio-largo plazo, campañas de sensibilización y difusión en los medios de comunicación y otras acciones de promoción.

Otro aspecto destacado es la elaboración del Mapa de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid, que definirá el modelo de servicio público de lectura a desarrollar y los estándares de equipamiento y recursos humanos. También se establecen ayudas a los ayuntamientos para la adquisición de fondos bibliográficos destinados a las bibliotecas públicas municipales. Y se fomentará la colaboración entre librerías y bibliotecas con la finalidad de intercambiar colaboraciones sobre hábitos lectores y programas culturales.

Crea una normativa actualmente inexistente sobre protección del patrimonio bibliográfico y dentro de la misma recoge el concepto de patrimonio digital, no contemplado en las normativas anterior. Crea y regula el Catálogo colectivo de patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid, como instrumento de protección y difusión.

En un sentido más amplio, la nueva ley también recoge las siguientes novedades:

  • La presencia de las redes sociales y futuros medios de lectura y difusión de la misma.
  • Adapta la normativa de precio fijo a las competencias autonómicas, asumiendo de manera efectiva la instrucción de expedientes sancionadores contra sus vulneraciones.
  • Recoge la política de la Comunidad de Madrid con respecto al libro electrónico, como nueva forma de lectura y también como parte del comercio librero.
  • Protege la figura del creador según la perspectiva actual y la normativa de propiedad intelectual.
  • Aborda la creación de un distintivo de calidad de librerías como elemento de impulso y acreditación del comercio librero.
  • Reconoce el papel representativo de las asociaciones profesionales del sector.
  • Establece conceptos nuevos en lectura pública no recogidos en la legislación a derogar, como el carné único y la existencia de plataformas de lectura digital.

También se ha creado un Consejo Madrileño de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas como órgano asesor de la Comunidad de Madrid en materia del libro, la Lectura y el patrimonio bibliográfico.

Desde el CCB damos la enhorabuena a la Comunidad de Madrid por el trabajo realizado al actualizar su normativa sobre el libro y las bibliotecas, por detectar las necesidades de un cambio y conseguir adaptarlo a las nuevas formas de lectura y a los nuevos servicios que su comunidad demanda.

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